SECCIÓN
6. ª TASA EN MATERIA DE PESCA
Artículo
115. Hecho imponible.
Constituyen
el hecho imponible de la tasa los trabajos y servicios que se realicen o se
presten, por los
órganos
administrativos competentes en materia de pesca conforme a la legislación
vigente, y que sean
preceptivos
para la práctica de la pesca e incluidos en las tarifas previstas en esta
sección.
Artículo
116. Sujetos pasivos.
Son
sujetos pasivos de la tasa las personas físicas o jurídicas, así como las
entidades a las que se refiere
el
artículo 35.4 de la Ley General Tributaria, que soliciten la prestación de los
servicios o la realización de
los
trabajos que constituyen el hecho imponible.
Artículo
117. Cuota tributaria.
La
tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:
Tarifa
1. Licencias de pesca (Tipo P).
a)
Por licencia de duración 1 año: 8,50 euros.
b)
Por licencia de duración 5 años: 42,50 euros.
Tarifa
2. Licencias de matrículas de embarcación y aparatos flotantes para la pesca
(Tipo E). Por licencia
de
duración 1 año: 16,00 euros.
Tarifa
3. Pruebas de aptitud necesaria para obtener la licencia de pesca por primera
vez. Por prueba:
12,50
euros.
Tarifa
4. Tramitación de autorización de transporte y comercio en vivo de peces y
cangrejos.
Por
autorización: 30,00 euros.
Tarifa
5. Tramitación de autorización de repoblaciones en cotos de pesca en concesión
y aguas de pesca
en
régimen privado. Por autorización: 30,00 euros.
Tarifa
6. Declaración de aguas en régimen privado para la pesca. Por declaración:
175,00 euros.
Tarifa
7. Inscripción en registro y renovación de las sociedades de pesca como
sociedades colaboradoras.
Por
inscripción o renovación: 15,00 euros.
Tarifa
8. Concesión de cotos de pesca a sociedades colaboradoras de pesca. Por
concesión: 51,00 euros.
Tarifa
9. Tramitación de autorización de instalaciones de acuicultura. Por
autorización: 261,00 euros.
Tarifa
10. Tramitación de la autorización para la modificación de instalaciones de
acuicultura.
Por
tramitación: 175,00 euros.
Tarifa
11. Permisos de pesca.
a)
Permisos de pesca en cotos especiales: 12,00 euros.
b)
Permisos de pesca en cotos sin muerte: 8,00 euros.
c)
Permisos de pesca en cotos de repoblación sostenida: 11,00 euros.
d)
Permisos de pesca en cotos intensivos: 7,00 euros.
Tarifa
12. Tramitación de autorización de concursos de pesca.
Por
autorización: 12,00 euros.
Tarifa
13. Tramitación de aprobación de Plan Técnico de Pesca.
Por
tramitación: 80,00 euros.
Tarifa
14. Informes en materia de pesca, adaptados a la solicitud del interesado, con
desplazamiento a
campo.
a)
Por informe elaborado con una duración inferior a 7 horas: 200,00 euros.
b)
Por informe elaborado con una duración superior a 7 horas: 200,00 euros, y
29,00 euros por hora
adicional.
Tarifa
15. Informes en materia de pesca, adaptados a la solicitud del interesado, sin
desplazamiento a
campo.
a)
Por informe elaborado con una duración inferior a 7 horas: 60,00 euros.
b)
Por informe elaborado con una duración superior a 7 horas: 60,00 euros, y 29,00
euros por hora
adicional.
Tarifa
16. Confección de planos. Por confección de planos: 1,40 euros por Ha. Se
contará como hectárea la
fracción
de ésta.
Artículo
118. Devengo y pago.
La
tasa se devenga en el momento en que se presta el servicio o se ejecuta la
actuación, pero puede
Ser exigida la
justificación del ingreso en el momento de la presentación de la solicitud